Casos donde el derecho al olvido SÍ aplica
Noticias sobre hechos que ya no son relevantes
Una noticia de 2010 sobre un problema menor que ya no tiene interés público real y que sigue apareciendo al buscar tu nombre.
Datos de procesos judiciales cerrados
Sentencias cumplidas, sobreseimientos o procesos judiciales que ya tienen resolución firme.
Información personal desactualizada
Datos que eran correctos hace años pero que ya no reflejan tu situación actual (domicilio, trabajo, estado civil).
Contenido falso o erróneo
Información incorrecta sobre ti que el medio no ha corregido ni eliminado.
Información que daña desproporcionadamente
Cuando el perjuicio que te causa es mayor que el interés público real de la información.
Casos donde el derecho al olvido NO aplica
Figuras públicas en ejercicio
Políticos, directivos de empresas cotizadas, funcionarios en activo — su actividad pública no puede desindexarse fácilmente.
Información de interés público actual
Si la noticia sigue siendo relevante para el debate público aunque te perjudique.
Delitos muy graves
Ciertos delitos graves contra personas tienen una excepción al derecho al olvido en el interés de las víctimas.
Información que la ley obliga a mantener accesible
Registros mercantiles, boletines oficiales o información legalmente obligatoria.
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